27 de julio | 2026
La edil Miriam Dinardi, representante de la Lista 904, realizó una detallada exposición sobre las normativas vigentes en Uruguay que protegen el derecho al trabajo durante las jornadas de paro gremial. En un contexto donde las relaciones laborales requieren claridad y seguridad jurídica, la jerarca departamental subrayó la importancia de conocer las herramientas legales que amparan a quienes deciden no adherirse a las medidas de huelga, garantizando así la libertad en todas sus dimensiones.
En su pronunciamiento, Dinardi explicó que el derecho a trabajar está firmemente protegido por la Constitución de la República. A esto se suma el marco de la Ley N° 16011, conocida como la normativa de Acción de Amparo, y diversas disposiciones enfocadas en la libertad sindical. Según expresó la edil, existe un concepto fundamental en la legislación uruguaya que consagra el derecho individual de todo trabajador a no sumarse a un paro si así lo decide, amparándose en el principio de libertad sindical negativa.
Uno de los puntos centrales de la intervención de la representante de la Lista 904 fue la garantía de ingreso a los lugares de empleo. En este sentido, destacó el respaldo que brinda la legislación actual, haciendo especial énfasis en el artículo 392 de la Ley de Urgente Consideración (LUC). Esta normativa, señaló, protege de manera explícita tanto el derecho de los empleados no huelguistas a acceder a su puesto laboral como el derecho de la dirección de la empresa a ingresar a sus instalaciones para mantener la operatividad institucional y productiva.
De acuerdo con lo señalado por Dinardi, las acciones que impiden el normal funcionamiento de las actividades laborales tienen límites jurídicos claros. La edil sostuvo que los piquetes o cualquier tipo de ocupación violenta que obstaculicen la libre circulación o el acceso a los locales se consideran “restricciones ilegítimas a los derechos fundamentales de trabajar y producir”. De esta forma, reafirmó la postura de defender el derecho de quienes desean continuar con sus tareas habituales sin sufrir presiones físicas o coacciones de terceros.
Frente a la posibilidad de que un trabajador o empleador vea vulneradas estas libertades, la edil detalló los pasos a seguir. Si un piquete u ocupación impide de forma actual o inminente el ingreso a una empresa, los afectados tienen la potestad de interponer una Acción de Amparo ante los Juzgados Letrados en lo Civil. Dinardi explicó que esta vía es un proceso judicial “sumamente breve y rápido”, diseñado específicamente para hacer cesar de inmediato cualquier ilegalidad y restituir el derecho al libre acceso.
Además de la herramienta judicial, la representante departamental recordó que existe un mecanismo administrativo a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Las personas afectadas pueden radicar la denuncia correspondiente ante esta cartera para que se constate el impedimento. A partir de allí, el Ministerio puede intervenir buscando una solución mediante la mediación o, en su defecto, procediendo a la intimación para garantizar el libre tránsito.
La exposición de la edil Miriam Dinardi refuerza el compromiso de los integrantes de la Lista 904 con la defensa de los derechos individuales y el respeto al orden establecido. Con esta información, se busca otorgar certezas a la ciudadanía, recordando que el Estado uruguayo y sus leyes vigentes amparan de forma contundente la libertad de trabajar, un pilar esencial para el desarrollo de la sociedad.